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Order (Auto)July 25, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Mejia Castillo Alexis·Respondent Concesionaria Vial De Colombia Sas En Liquidacion

✓
Topic · hard data
Demanda De Responsabilidad Extracontractual En Contra De Una Empresa Privada Responsable De La Ejecución De Un Contrato De Concesión.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Piedecuesta.

Se origina la controversia entre los Despachos por demanda declarativa de responsabilidad civil extracontractual de menor cuantía presentada por una ciudadana, en contra de la Concesionaria Vial de Colombia S.A.S., con la finalidad de que se declare que la demandada es civil y extracontractualmente responsable por los daños ocasionados en su salud y patrimonio como consecuencia del accidente de tránsito ocurrido en la vía San Gil-Bucaramanga, y se condene a la demandada al pago del lucro cesante, daño moral y daño a la vida de relación, en valores y otros conceptos referidos en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el daño alegado por el demandante no hace referencia alguna a la responsabilidad extracontractual de una entidad pública, sino que plantea que los daños generados son imputables a la omisión de la Concesionaria Vial de Colombia S.A.S. de mantener en buen estado la vía San Gil – Bucaramanga y realizar las reparaciones pertinentes en caso de ser necesario, en el marco de sus obligaciones como parte del Contrato de Concesión aludido.

En el caso, tampoco se mencionan posibles funciones administrativas ejercidas por el particular que dieran lugar a responsabilidad.

Finalmente, tampoco se demandó o intervino en la parte pasiva una entidad pública.

De acuerdo con ello, la Sala, de conformidad con el Auto 633 de 2022 y el Auto 905 de 2023, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, resuelve que la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas de responsabilidad extracontractual en contra de una empresa privada responsable de la ejecución de un contrato de concesión.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Segundo Civil Municipal de Piedecuesta para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Décimo. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de Piedecuesta en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Piedecuesta es la autoridad competente para conocer de la demanda declarativa de responsabilidad civil extracontractual de menor cuantía presentada por Alexis Mejía Castillo en contra de la Concesionaria Vial de Colombia S.A.S.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5581 al Juzgado
  6. Segundo. Civil Municipal de Piedecuesta para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Décimo. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.